viernes, junio 24, 2011

Chile: privatización de las semillas

"Una vez que un obtentor o su empleador se apropien de una o más variedades campesinas o indígenas podrán exigir que las variedades originarias, no sean cultivadas porque han pasado a ser de su propiedad, bajo la amenaza de confiscar sus semillas, sus cultivos, sus cosechas e incluso lo producido con la cosecha..."
www.biodiversidadla.org
"El Convenio UPOV permite la apropiación de un bien común por naturaleza, y por tanto vulnera lo prescrito por el Art. 19, Número 23 de la Constitución Política del Estado. Dicha norma establece el derecho para adquirir el dominio sobre toda clase de bienes, excepto “aquellos que la naturaleza ha...

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